La distancia entre la instalación de generación y el punto de consumo en el autoconsumo se amplía hasta alcanzar los 2.000 metros en el caso de plantas fotovoltaicas sobre cubiertas, suelo industrial o estructuras artificiales cuyo objetivo principal no sea generar electricidad.

Modificado el Real Decreto 244/2019, de 5 de abril, mediante el artículo 18 del Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, de medidas de respuesta a las consecuencias económicas y sociales de la Guerra de Ucrania y de apoyo a la reconstrucción de la isla de La Palma y a otras situaciones de vulnerabilidad.